DECLARACIÓN CONJUNTA DE LA RED Y LOS AUTORES CULTURALES SOBRE EL PROYECTO DE REFORMA DE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL.
El pasado 14 de febrero de 2014 el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (texto publicado en el B.O.C.G. el 21 de febrero).
Este proyecto de Ley, arcaico en su concepción, recorta numerosos derechos en España, afecta muy negativamente a amplios sectores de la sociedad, pone en peligro la cultura libre y cuestiona el funcionamiento de internet, limitando la cita y el enlace a una actividad meramente mercantil.
Esto ha generado un rechazo inmediato y casi unánime desde todos los ámbitos posibles por los motivos que exponemos sintéticamente a continuación.
1. La protección de la propiedad intelectual en internet no se garantiza imponiendo cánones o tasas arbitrarios. Por el bien de la economía española, ha de garantizarse la sostenibilidad de los creadores digitales en su conjunto, no sólo de una parte. Un sector se desarrolla fomentando los nuevos modelos de negocio digitales en lugar de destruirlos. Cualquier derecho nace del diálogo entre todas las partes afectadas.
2. La Constitución Española consagra, en su artículo 20, el derecho fundamental “a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión”, lo cual debe conjugarse con cualquier derecho de propiedad, pero jamás anularlo.
3. Adicionalmente, esta ley cercena otros derechos fundamentales, afecta a valores democráticos esenciales y limita el libre acceso a la información y a la cultura. Ignora la declaración de los Derechos Humanos, conculca derechos constitucionales como la libertad de expresión y la libre creación, viola el secreto de las comunicaciones, es un ataque directo a la neutralidad de la red y no respeta un derecho individual básico: que cada cual ofrezca su obra bajo las condiciones que considere oportunas.
4. La figura del “derecho irrenunciable” derivado de citar textos en internet afectaría sin excepción a todos los creadores y les impediría renunciar voluntariamente a ese derecho. Ello pondrá en serio peligro las licencias Creative Commons, ampliamente extendidas y que actualmente ofrecen cobertura jurídica a los derechos de autor de una parte muy significativa de los contenidos de la Red. Nos encontramos ante una imposición del “copyright” sobre los partidarios del “copyleft” que vulnera derechos e intereses colectivos en lugar de garantizarlos y favorece que la recaudación se concentre en muy pocas manos.
5. Lejos de ser una amenaza, los agregadores de noticias y otras herramientas digitales que enlazan y citan al medio de origen, tales como buscadores, redes sociales o blogs, favorecen el libre acceso ciudadano a la información y generan un amplio tráfico hacia los medios de comunicación. Además, siendo el derecho de cita la esencia del Periodismo, esta ley amenaza frontalmente su ejercicio. Criminalizar los enlaces genera una inseguridad jurídica que cuestiona los fundamentos y el uso de internet. Garantizarlos, respetando los derechos, beneficia a todos: usuarios, herramientas y medios de comunicación.
6. La mal llamada “tasa Google” ha sido impulsada sólo por una parte del colectivo de editores, los integrados en AEDE. Otras asociaciones y editores se oponen a esta medida. AEDE debería considerar las consecuencias económicas que supondrá para sus socios salir de los indexadores y las desastrosas consecuencias para sus empleados, como recortes salariales y pérdidas de empleo. Este canon de AEDE aumentará aún más la precariedad de un sector tremendamente castigado por la crisis.
7. La entrada en vigor de esta Ley supone una tasa adicional para el conocimiento. La entidad de gestión de derechos CEDRO recauda actualmente de los profesionales de todo el sistema educativo. La nueva ley establece que las Universidades paguen también por los contenidos que los profesores publican para sus alumnos, y que hasta hoy se acogían a licencias Creative Commons. CEDRO recaudará en régimen de monopolio un canon de 5 euros por alumno. Consideramos esto un atentado contra la Educación, la investigación y los textos académicos, que pasarán a estar regidos por el “copyright” en lugar de ser de dominio público.
8. Este canon, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y de cuantía no determinada por la ley, actúa en detrimento de la justa recompensa a los autores y supone una subvención encubierta a los editores, a quienes el art. 2 de la Directiva 2001 de Propiedad Intelectual NO INCLUYE como beneficiarios de derechos de propiedad intelectual, y que pese a ello se llevan el 45% de la recaudación de CEDRO. Es significativo que la redacción de la ley se refiera sólo a las “industrias culturales” ignorando expresamente a “los autores”, agravando una situación que ya se inició con la pérdida de derechos de los periodistas a favor de los editores por la confección de “clippings” (resúmenes de prensa).
9. Se elimina “de facto” el derecho de copia privada, vinculándolo a la copia material de un soporte físico, práctica ésta casi inexistente en la era digital. La copia privada de una obra es un uso legitimo que existía antes de internet y seguirá existiendo tras esta reforma. Gravar con un canon a la copia privada equivale a imponer una multa preventiva a cada ciudadano ante un hipotético uso delictivo, por más que éste nunca suceda. Criminalizar al consumidor con fines recaudatorios no es el camino.
10. No han de apoyarse medidas de control de la “piratería” que pongan en peligro la esencia misma de la red. Oponerse a esas medidas no implica respaldar la caricatura del “todo gratis”. Es preciso desarrollar un nuevo marco de protección de la industria cultural que tenga en cuenta las particularidades de la era digital y sirva para lo que nació este tipo de legislación: fomentar la práctica de la cultura ofreciendo una compensación económica a los autores.
11. Esta Reforma debería incluir medidas de acompañamiento que apoyen el desarrollo de nuevos modelos de negocio basados en internet, así como la mejora de los ya existentes. De no hacerlo, perjudicará la innovación de los sectores afectados y perpetuará un modelo de distribución cultural y de acceso a la información manifiestamente caduco.
12. Esta reforma de la LPI aparenta ser producto de una dinámica de corruptelas entre lobbies y el poder político, evidenciado por el reciente relevo de directores en los principales diarios nacionales y la escenificación de la reforma de la ley presentándola con una fotografía del presidente de la AEDE junto a la vicepresidenta del Gobierno. Esto pone bajo sospecha a unos y a otros, si consideramos la proximidad de procesos electorales.
CONCLUSIÓN:
La reforma de esta ley, tal cual se ha redactado, está abocada al fracaso y le auguramos muy corto recorrido, pues no se adecúa a la realidad ni cubre las necesidades de los sectores y agentes implicados. Es un freno para el desarrollo de la cultura libre y la industria, inasumible en tiempos de dificultades económicas, en los que es preciso primar la innovación y favorecer el surgimiento de nuevos mercados emergentes, en los que España demuestra un enorme potencial.
Además, contiene innumerables ambigüedades e indefiniciones, que una ley de esta envergadura no puede permitirse, ya que abre la puerta a una aplicación discrecional y a graves efectos colaterales indeseados.
Por todo ello, instamos al Gobierno a reconsiderar y retirar esta reforma y a abrir con todos los sectores afectados el diálogo que estos reclaman desde hace meses para aportar soluciones más adecuadas a la nueva realidad que plantea la sociedad digital.
Al mismo tiempo, hacemos un llamamiento a toda la sociedad para participar, aportar, comprometerse y difundir la campaña de rechazo al #CanonAEDE difundiendo tanto esta declaración como sus actos, acciones e iniciativas.
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